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martes, 8 de junio de 2010

Por Cándido Mercedes
“La desigualdad es fácil porque exige solamente flotar con la corriente, allá en donde la igualdad es difícil porque nos pide nadar en contra de ella”.

En un sistema de libre mercado es obvio e inexorable que exista la desigualdad.
El rol de la sociedad democrática, en el marco de un Estado de Derecho, es neutralizar lo más posible esa desigualdad a través de políticas públicas más inclusivas, eficaces, eficientes y sostenibles.

Esa debe ser la verdadera visión de un Estado Moderno que anhela la modernidad; sin embargo, desde el Estado Dominicano se propicia la desigualdad en todos los ámbitos y dimensiones de la vida societal. En el caso de los sueldos en la Administración Pública, lo que existe es una extrema desigualdad salarial y un verdadero desorden; un caos en la remuneración.
Con respecto a la desigualdad nos encontramos que en las organizaciones de la Administración Central, la diferencia salarial entre el que más gana y el que menos gana es de 23 a 1.
Vale decir, el que más gana está contenido 23 en el sueldo del que menos gana. Esto es el sueldo. Si profundizamos en los Sistemas de Compensación, esto es: sueldo, viáticos, gastos de representación, combustible, celular, tarjetas de crédito; el monto de la diferencia oscila entre 50 a 1.
En otros casos es de 100 a 1; y, en otros casos es de 150 a 1. Esto es cada mes.
Podemos decir que la desigualdad es tan visceralmente asimétrica que un solo salario es el equivalente a toda la vida laboral de un empleado, a lo largo de 20, 25 y 30 años.

Por eso es que el coeficiente de Gini, instrumento económico para medir la desigualdad, es tan alto en la sociedad dominicana: 23 a 1. Es una expresión cruel, inhumana y refleja la poca sensibilidad social de los que nos dirigen.
Ese desorden de desigualdad, que se verifica en estos momentos; se encuentra al mismo tiempo con respecto a los sueldos dentro de una misma institución.
Nos encontramos con distorsiones internas salariales que generan estupor: personas con el mismo puesto que tienen salarios diferentes; a veces la diferencia es de 3 y 4 salarios. En otros casos puestos con menor jerarquía, ganando muy por encima que otro con un cargo de mayor nivel, grado o categoría.
Cuando seguimos investigando encontramos que las distorsiones externas salariales, esto es, la comparación con diferentes ministerios; es un verdadero laberinto, un caos, que no guarda la más mínima racionalidad y que nos indica la poca profesionalidad en la Administración Pública, en la esfera de la Gestión de los Recursos Humanos.
La Gestión por Competencias ni la Gerencia Moderna han tenido ni tienen espacios en nuestro Estado Social y Democrático de Derecho.
A la gente se le debe pagar por el puesto que ocupa. Para Reyes Ponce y Arias Galicia, definen al Puesto como “el conjunto de operaciones, cualidades, responsabilidades y condiciones que forman una unidad de trabajo específica e impersonal.
Ese puesto ha de recibir un sueldo, que es la medida de valor determinada por la capacidad, destrezas o habilidades alcanzadas por un individuo”.
El Estado debe diseñar un sistema de pago basado en competencias, recompensar a los empleados por la combinación de las habilidades laborales que demuestren con el título laboral y el conocimiento. Es la necesidad de desarrollar un Sistema de Compensación eficaz y adecuado. Un Sistema de Compensación justo, equitativo y motivador, para tener calidad en la gestión estatal.
Por eso, en la radiografía que hicieron en la propuesta de Estrategia Nacional de Desarrollo 2010-2030, tienen que reconocer la falta de calidad de la Gestión Estatal, y, el elemento nodal, fundamental, atraviesa necesariamente por el componente de la Gestión del Talento Humano, y con ello, la forma primitiva con que se aborda la problemática de la gestión por competencias y los sistemas de remuneraciones en nuestro país.
El empleado ha de sentir que existe una equidad de pago, percibir que la compensación que recibe es igual al valor del trabajo desempeñado. Por eso la mezcla salarial tiene que ser asumida en una Administración Pública que sea ágil, eficiente, competente; donde se mida el valor del puesto, el valor relativo del empleado en el cumplimiento de los requisitos del trabajo.
Desarrollar una calidad de la gestión estatal, implica talento humano leal, cumplidor, que logre un desempeño óptimo de forma continua y sostenible. En otra palabra, requerimos una Administración Pública meritocrática y en este indicador de la calidad de la gestión, estamos muy por debajo del promedio de América Latina. Se requiere, por así decirlo, de una efectiva gestión por competencias, donde los individuos actúen de manera profesional, de forma eficaz y eficiente; siendo leal principalmente a la sociedad y al Estado Dominicano.
Lo que el Estado ha de hacer es determinar siempre las competencias de las personas, que son: lo que una persona es; lo que una persona hace y lo que una persona puede hacer.
No puede existir una sociedad competitiva; un sector privado competitivo, en todos los sectores, con un Estado que no se constituye en puente de armonía para coadyuvar con la competitividad global del país, en la medida de una Administración Pública con Talento Humano competitivo; que propicie los procesos y servicios en una real cadena de valor, y no en una tortuga, caracterizada por obstrucciones y obstáculos.
Se requiere de una verdadera revolución en la Administración Pública, pues no es posible que los que dirigen un área determinada puedan ponerse los sueldos que ellos crean y las pensiones y jubilaciones, por encima de la Ley 379 de Pensiones y Jubilaciones. Como decía Locke, donde no hay Ley, no hay verdadera libertad. Encontramos sueldos 6 y 8 veces superior al del Presidente de la República; lo que es una modalidad de enriquecimiento rápido "legal"; empero, no es legítimo ni mucho menos ético.
Las inequidades nos arropan y con ellas, las profundas desigualdades, que nos laceran el alma. Distorsiones por doquier, que conmueve el corazón de aquel que lo tiene de piedra, cuando se entera de algún aspecto de la gestión estatal. Verbigracia: la Ley No. 327 que ampara al Poder Judicial, con respecto a su Plan de Fondo de Retiro, Pensiones y Jubilaciones en el Párrafo III del Art. 22 dice “Los Jueces de la Suprema Corte de Justicia: Todo Juez de la Suprema Corte de Justicia que se retire de sus funciones por cualquier causa, tendrá derecho a una pensión equivalente al último sueldo devengado, con cargo al presupuesto anual del Poder Judicial”. Más adelante, en la letra e del Art. 23, señala “A los jueces de la SCJ, les corresponderá lo establecido en el Párrafo III, del Art. 22 de este reglamento, sea cual fuere el periodo laborado”.
De los Miembros de la Suprema Corte de Justicia, el que menos gana devenga RD$274,586.00 y el Presidente $336,960.00. Los Jueces de Paz, los de Primera Instancia, los de Apelación ganan salarios que oscilan entre RD$35,000.00 y RD$130,000.00 y tienen que esperar un mínimo de 20 años y un promedio de edad de 55, 60 y 65 años para pensionarse con un 65% de su sueldo. En cambio, los jueces de la SCJ, no importa el tiempo y se van con el 100 por ciento.
Thomas Jefferson, planteaba con una frase lapidaria “Igualdad de oportunidades para todos, privilegios especiales, para nadie”. Tenemos que construir una Administración Pública donde impere la ley y la decencia. Es la única manera de rupturar este pesado fardo de inequidad, distorsiones y desigualdades que propicia el anacrónico Estado Dominicano. Logremos encaminar la función de Recursos Humanos en la Dirección Estratégica de un verdadero Estado Democrático Social de Derecho.