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lunes, 28 de septiembre de 2020


El Poder Ejecutivo emitió el decreto que modifica a partir de este lunes el horario del toque de queda por la pandemia de coronavirus y ratifica el uso obligatorio de mascarillas en los lugares públicos.
La nueva disposición, que regirá hasta  el 17 de octubre, establece que el toque de queda será de lunes a viernes, de 9:00 de la noche a 5:00 de la mañana, y sábados y domingos de 7:00 de la noche a 5:00 de la mañana.

Dispone  que durante esos horarios solo se permitirá la circulación de personas relacionadas con actividades y servicios esenciales, incluyendo personal de salud, de farmacias, personas afectadas por alguna emergencia médica, personas dedicadas a labores de seguridad debidamente identificadas y miembros de la prensa  acreditados.
También podrán circular operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos, operadores de vehículos dedicados a la distribución de mercancías, insumos y combustible, personas que laboren en la industria y el comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo, pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos últimos, empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados y en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos.
Asimismo, empleados de empresas que brinden servicios funerarios, trabajadores o contratistas de hotelería, minería, zonas francas, restaurantes que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos, los cuales podrán circular hasta las 11:00 de la noche.