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jueves, 24 de noviembre de 2022

 

David de los Santos Correa, de 24 años de edad y residente en Los Alcarrizos, Santo Domingo Oeste, falleció el día 1 de mayo, en el Hospital Doctor Darío Contreras, luego de estar recluido en el destacamento policial del sector Naco.

SANTO DOMINGO.- El Ministerio Público solicitó al Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional dictar apertura a juicio contra los agentes policiales acusados de la muerte del joven David de los Santos Correa, fallecido a causa de los golpes que recibió en la cárcel de un destacamento que lo recluyó tras ser retenido y entregado a la Policía por los miembros de la seguridad de la plaza Agora Mall.

Kelvyn L. Colón Rodríguez, procurador fiscal del Distrito Nacional, solicita a la jueza Patricia Padilla fijar la audiencia preliminar para conocer de la solicitud de apertura a juicio contra el capitán policial Domingo Alberto Rodríguez Rodríguez, el segundo teniente Germán García de la Cruz, el raso San Manuel González García y/o Raso Sari Manuel González García y el cabo Alfonso Decena Hernández.Además, contra los civiles Santiago Mateo Victoriano, Michael Pérez Ramos y Jean Carlos Martínez Peña, así como contra los seguridad de Agora Mall Ambriori Montero Otaño, Álvaro David Beltrán Pérez, Yubaris Méndez Ferreras y Juan Reyes de la Cruz.

David de los Santos Correa, de 24 años de edad y residente en Los Alcarrizos, Santo Domingo Oeste, falleció el día 1 de mayo, en el Hospital Doctor Darío Contreras, luego de estar recluido en el destacamento policial del sector Naco, a donde lo recluyeron alrededor de las 9:00 de la noche del 27 de abril los agentes policiales que lo recibieron a la seguridad privada de Agora Mall que lo retuvieron por presentar alegados inconvenientes dentro del el establecimiento comercial.

El fiscal Colón Rodríguez pide al tribuanla que dicte Auto de Apertura a Juicio en contra de los acusados Santiago Mateo Victoriano, Michael Pérez Ramos y Jean Carlos Martínez Peña, por la comisión de asociación de malhechores para cometer homicidio voluntario, tortura y barbarie, en violación a los artículos 265, 266, 295, 303-4 numerales 2 y 9 y 304, del Código Penal Dominicano