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jueves, 6 de agosto de 2020




La actual restricción de circulación de personas, que para el Gran Santo Domingo y algunas provincias inicia a las 7.00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana, mientras que para otras jurisdicciones es a partir de las 8:00 p.m., solo le queda cinco días de vigencia, razón por la que concluye el próximo lunes 10 de este mes de agosto.

El decreto 266-20 que contempla el confinamiento en horas de la noche hasta las 5:00 de la mañana entró en vigencia el día 21 de julio “por un período de veinte (20) días”, según esa disposición presidencial, y dice, además, que “se revisará la medida en función de la evolución epidemiológica del COVID-19 en el país”.

No obstante, el estado de emergencia de 45 días dispuesto por el Poder Ejecutivo, después de aprobarlo el Congreso Nacional, concluye el 3 de septiembre, 17 días después del presidente electo, Luis Abinader haber tomado posesión, por lo que el Gobierno está facultado para prorrogar el toque de queda por el tiempo que le resta al estado de excepción.

La restricción de circulación de personas busca prevenir el contagio de coronavirus, cuyos números de casos que se informan cada día sobrepasan los 1,000 hasta llegar al día de hoy a los 75,660 contagiados y 1,222 los decesos.

Solo el sábado, domingo y lunes las patrullas policiales y militares detuvieron 2,766 personas por no acatar la orden y cerraron decenas de negocios.

La aprobación del estado de emergencia en el Congreso Nacional contó con la aprobación de los legisladores del Partido Revolucionario Moderno debido a que el presidente Medina sostuvo, en la solicitud de la medida, que había consultado con Abinader.