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miércoles, 13 de mayo de 2009

SANTO DOMINGO—Luego de que se suspendiera la sesión convocada para el martes por falta de quórum, la Asamblea Nacional constituida en Revisora, aprobó este miércoles los artículos 22 y 23 de la Constitución de la República.
Los artículos aprobados son parte de la propuesta de modificación constitucional remitida por el Poder Ejecutivo y establecen que los extranjeros no podrán participar en actividades políticas.El artículo 22 expresa que los derechos de la ciudadanía se suspenden en los casos de:1) Condenación irrevocable a pena criminal, hasta el término de la misma. 2) Interdicción judicial legalmente pronunciada, mientras ésta dure. 3) Aceptación en territorio dominicano de función o empleo de un gobierno extranjero sin previa autorización del Poder Ejecutivo. 4) Violación a las condiciones en que la naturalización fue otorgada. El artículo 23 se refiere al Régimen de extranjería y que fue modificado.Artículo 23. Los extranjeros disfrutarán en la República Dominicana de los mismos derechos y deberes que los nacionales, con las excepciones y limitaciones que establecen la Constitución y las leyes. 1) Los extranjeros no podrán participar en actividades políticas en el territorio nacional, salvo para el ejercicio del derecho de sufragio en su país de origen. 2) El Estado fomentará la inmigración planificada de recursos humanos de alta calificación técnica y científica, hacia aquellas áreas en que esta sea necesaria por insuficiencia de recursos humanos nacionales.
3) Es obligación de todo extranjero inscribirse en el libro de extranjería, de acuerdo con la ley.
Asimismo, se eliminó un numeral dos de la propuesta del Ejecutivo que expresaba:1) Los extranjeros residentes podrán recurrir a la protección diplomática en caso de denegación de justicia después de haber agotado los recursos y procedimientos dispuestos en la ley.