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jueves, 20 de agosto de 2009

Ayer decenas de periodistas exigieron a las autoridades acelerar el conocimiento del expediente
SANTO DOMINGO.-La Fiscalía del Distrito Nacional explicó que ha puesto su empeño en darle curso a la querella del periodista Vianco Martínez contra los espalderos del Saymón Díaz, a quienes acusa de golpearlos severamente hace un año en el ejercicio de su profesión. "La Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional ha puesto todo su empeño porque el caso del señor Vianco Martínez pueda ser judicializado y, en consecuencia, sancionar a los culpables", dice en un documento que remite a Dairiolibre.com. Ayer decenas de periodistas, fotógrafos y camarógrafos exigieron al Fiscal del Distrito Nacional dar curso a la querella del 18 de septiembre del 2008 contra los nombrados Rafael Emilio Vargas Cabrera y Juan Manuel Vargas Andújar (Josué).A continuación el texto íntegro de la Fiscalía del Distrito Nacional:Posición de la Procuraduría Fiscal del D.N. sobre la querellaDel señor Vianco MartínezEn fecha 18 de septiembre de 2008, el señor Vianco Martínez depositó ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional una querella en contra de los señores Rafael Emilio Vargas Cabrera y Juan Manuel Vargas Andújar (alias Josué), por presunta violación al art. 8, numerales 2-b, 4, 5 y 11, de la Constitución Dominicana; los artículos 103, 104, 105, 117, 265, 309-3(f) y 311 del código penal y ley 24/97.En dicha querella, el señor Martínez denuncia que en fecha 23 de agosto de 2008, se presentó al Teatro Nacional a realizarle una entrevista al artista Español Pedro Guerra, siendo impedido de ello por los nombrados Rafael Emilio Vargas Cabrera y Juan Manuel Vargas Andújar (Josué).Refiere además el querellante que el señor Rafael Emilio Vargas Cabrera, ordenó a Juan Manuel Vargas Andújar (Josué) que sacara al señor Martínez del área y, de acuerdo a las declaraciones del señor Martínez, Josué "sin mediar palabras (...) lo agarró por el cuello violentamente, parándolo del asiento, lo sacó del pasillo de la sala y allí, apretándolo con su mano derecha por el cuello y retorciéndole el brazo izquierdo por detrás de la espalda, lo empujó como un animal desde la sillería de la sala, hasta la puerta del parqueo que da a la Pedro Henríquez Ureña..." Cronología de los actos procesales realizados por la Fiscalía en el presente caso:1. Tres (3) citaciones, de fecha 29 de octubre de 2008, realizadas a los testigos aportados por la parte querellante: Jesús Rosario Rosario, María Mercedes Bautista y Manolo Cabrera, quienes fueron escuchados en cuanto a la ocurrencia de los hechos;2. En diciembre de 2008, la fiscal adjunta Dr. Cándida Ramos remitió el caso en cuestión a la Unidad de Decisión Temprana. En esta Unidad se llevaron a cabo los siguientes actos y diligencias;2.1 Dos (2) Vistas celebradas en fecha 1 y 9 de diciembre de 2008, las cuales fueron realizadas en el despacho del fiscal adjunto Carlos Hernández, a donde comparecieron las partes del proceso;2.2. Se practicaron interrogatorios a los querellados, Rafael Emilio Vargas Cabrera y Juan Manuel Vargas Andujar (Josué), así como al querellante, el señor Martínez; En vista de que la pena a imponer por el posible delito cometido en contra del señor Martínez se circunscribe dentro de la competencia de los juzgados de paz, la Fiscalía declinó, el 28 de enero de 2009, el caso ante la fiscalizadora del Juzgado de Paz de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, Jahaira López, a los fines de que dicho caso se ventilara en la jurisdicción correspondiente.Sin embargo, días después, la Magistrada del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Elka Reyes, acogió la objeción a la declinatoria que le formulara el señor Martínez y, en consecuencia, se ordenó que el expediente regresara a la esfera de competencia de la Fiscalía del Distrito.Una vez el expediente se encontraba en la Fiscalía, la parte querellante acordó con el Ministerio Público la conversión de la acción pública a acción privada, con el objeto de que la querella fuera promovida, exclusivamente, por la parte querellante, sin la participación del Ministerio Público, pero dicha propuesta sólo fue presentada a través de un manuscrito del abogado del señor Vianco Martínez, por lo que nunca se formalizó por parte del querellante, como ordena el artículo 33 del Código Procesal Penal.En vista de lo anterior y a los fines de continuar con la investigación, la Procuraduría Fiscal encargó a la Unidad de Casos Complejos el seguimiento del mismo. Dicha Unidad solicitó al querellante que aportase algún certificado médico legal que certificase la agresión, en vista de que, sin una evidencia de este tipo, no sería posible probar en un juicio público, oral y contradictorio la ocurrencia de los hechos, en cuanto a la agresión física se refiere. Hasta la fecha, el Ministerio Público no ha recibido dicho certificado médico y desconoce si la víctima ha realizado dicha diligencia.Por todo lo anterior queda demostrado que la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional ha puesto todo su empeño porque el caso del señor Vianco Martínez pueda ser judicializado y, en consecuencia, sancionar a los culpables. Sin embargo, para lograr lo anterior, las lesiones que alega el destacado comunicador deben ser probadas y para ello deben de inscribirse en un período de tiempo establecido en la evidencia por excelencia en estos casos, es decir, en el certificado médico legal, pues, de lo contrario, quedan fuera del marco infraccional `de la norma penal material y ningún juez estaría en condición de determinar alguna culpabilidad.La Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional desea reiterar, al señor Vianco Martínez y a toda la ciudadanía, que está comprometida con la investigación y persecución de todo hecho punible, así como la asistencia puntual e integral a favor de las víctimas y testigos. Asimismo, deseamos aprovechar la ocasión para recordar que toda víctima de un proceso penal debe ser aliada del Ministerio Público, con el objeto de aportar toda la información relevante para la investigación, principalmente aquella información que sólo ella puede aportar, para que el Ministerio Público adopte las decisiones que estime adecuadas a los intereses de la víctima. La Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional reitera su compromiso con el libre acceso a la información y el respeto a las libertades y derechos individuales de los ciudadanos, incluido el libre ejercicio de la prensa.PROCURADURIA FISCAL DEL DISTRITO NACIONALUNIDAD DE PRENSA Y COMUNICACIONESMIERCOLES 19 DE AGOSTO DEL 2009.-
1. Cuando las lesiones no son permanentes (artículos 309 y 311 del C.P.)