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martes, 8 de septiembre de 2009

Al igual que las feministas, el movimiento cívico considera que el artículo 30 excluiría la posibilidad del aborto terapéutico
martes, 8 de septiembre de 2009, 10:29 a.m.
Francisco Álvarez Valdez, miembro del Consejo Nacional de PC, habla de algunos artículos del proyecto

FUENTE EXTERNASANTO DOMINGO, República Dominicana.- El movimiento cívico Participación Ciudadana hizo un llamado a los legisladores a reflexionar varios puntos de la reforma constitucional y no aprobar “mecánicamente” varios artículos durante el conocimiento del proyecto en segunda lectura.
Luego de una revisión de lo aprobado en primera lectura por la Asamblea Revisora, PC recomienda excluir de la reforma constitucional el artículo 30, que trata sobre el aborto, porque asegura que el mismo excluiría la posibilidad del aborto terapéutico.
El movimiento cívico cree que el tema del aborto debe de ser regulado por una ley adjetiva.
Francisco Álvarez Valdez, miembro del Consejo Nacional de Participación Ciudadana, consideró que en última instancia podría aceptarse la formulación de la Convención Americana de Derechos Humanos, propuesta por el presidente de la Cámara de Diputados, que dice que “la vida es inviolable, por lo general, desde la concepción hasta la muerte”.
También sugirió la modificación del artículo 123 proyecto, 87 en primera lectura, que prevé la destitución como sanción para los funcionarios que cometan actos de corrupción.
Álvarez recomendó que debe agregarse la inhabilitación permanente o por un lapso considerable para volver a ejercer una función pública.
DESCARGUE DOCUMENTO
Descargue la posición de PC frente a los temas de la Reforma Participación Ciudadana también calificó como urgente incluir en la segunda lectura la propuesta que dispone la rendición de cuentas de los legisladores sobre los fondos que reciben.
A juicio de PC, también se debe anexar algún artículo que regule o sancione las ausencias prolongadas en las sesiones.
"Los recientes escándalos agregan una justificación adicional a la idea de que el texto constitucional contemple disposiciones que obliguen a los legisladores a rendir cuentas. Por igual, debería suprimirse la disposición del artículo 95 (74 en el proyecto) que prohíbe demandar en los tribunales a un legislador si no se cuenta con autorización previa de la cámara a la que pertenece, por ser un privilegio irritante y excesivo", indicó Álvarez.